domingo, 13 de mayo de 2012

Imperativas

La modalidad imperativa se utiliza para ordenar o para solicitar algo. En las oraciones o enunciados que tienen esta modalidad no aparece un sujeto, aunque suponemos que van dirigidas a una segunda persona. (Dato curioso, en este tipo de oraciones el sujeto no es el que realiza la acción, sino el destinatario). En algunas sí que puede aparecer sujeto cuando tiene un carácter contrastivo: Llámale tú (no esperes a que te llame él), o Id vosotros (que yo me quedo aquí). 
En las oraciones imperativas el verbo suele aparecer en primera posición. Se puede decir Vosotros id en vez de Id vosotros, pero es raro, es como que le falta un 'y luego me contáis' para que suene bien del todo. O al menos eso es lo que me parece a mí. 
Son incompatibles con la negación. No se puede decir *no ve, sino que se dice no vayas, y ahí el modo ya no es imperativo. Y tampoco pueden subordinarse con otras oraciones porque son actos del habla (*dijo que ve / dijo que fueras

Las imperativas no pueden ir, en general, con predicados que designan estados, es decir, propiedades permanentes o inherentes del individuo. No se puede decir *sé calvo ni *sé alto porque no tiene sentido ordenar a alguien que sea algo que no está en su mano. Tener es un predicado que en principio designa estados, se tiene algo o no se tiene, es una propiedad permanente, sin embargo, sí puede ir en una oración imperativa cuando se utiliza en un sentido incoativo (llamado también inceptivo). Es decir, yo puedo decir ten un hijo porque ahí el verbo tener adquiere el sentido de 'pasar a tener', ya no es una propiedad permantente, o puedo decir tenme esto un momento porque se utiliza con el significado de 'sostener'. 


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